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Dictan prisión preventiva contra César Jauregui, ex fiscal de Chihuahua
Un juez federal impuso prisión preventiva oficiosa a César J.M., exfiscal general de Chihuahua, imputado por la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de traición a la patria. La audiencia inicial se prolongó durante varias horas y se desarrolló de manera privada por razones de seguridad nacional.
El exfuncionario permanecerá recluido en el penal federal del Altiplano, en el Estado de México, mientras se resuelve su situación jurídica. El juez de control Ricardo Alfonso Santos Dorantes fijó para el sábado 24 de octubre, a las 15:00 horas, la audiencia en la que determinará si lo vincula a proceso.
Durante la sesión, la defensa alegó que no había tenido acceso a la carpeta de investigación, por lo que el juzgador ordenó un receso de 12 horas para que los abogados revisaran los elementos presentados por la FGR, integrados por cuatro tomos, 53 anexos y material videográfico.
Como parte de las indagatorias sobre el operativo en la zona serrana de El Pinal, la FGR entrevistó a agentes estatales que participaron en los hechos. Sus testimonios refieren la presunta presencia de personas ajenas a la corporación junto a Pedro Román Oseguera, entonces director de la Agencia Estatal de Investigación (AEI).
Algunos policías declararon haber visto individuos encapuchados, vestidos de civil y con ropa oscura, cerca del mando estatal durante el traslado y la estancia en la región. Otros dijeron haber escuchado conversaciones en inglés o haber encontrado, después de un accidente, a extranjeros que intentaban comunicarse por teléfono.
Otros testimonios mencionan a personas que permanecían cerca de los mandos sin pertenecer, aparentemente, a la institución. Una de ellas, según los relatos, hablaba inglés y aseguraba pertenecer a una embajada.
La audiencia para resolver la situación jurídica de César J.M. también se desarrollará de manera privada.
¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?
La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que implica mantener a una persona imputada en prisión durante el proceso penal cuando se le acusa de alguno de los delitos expresamente incluidos en el artículo 19 de la Constitución mexicana. Su finalidad jurídica es asegurar que la persona permanezca a disposición de las autoridades mientras avanza el procedimiento. Sin embargo, su aplicación automática ha generado controversias por sus efectos sobre los derechos humanos y la presunción de inocencia.
¿Por qué se llama oficiosa?
Porque, a diferencia de la prisión preventiva justificada, su imposición no depende de que el Ministerio Público demuestre en cada caso la existencia de un riesgo de fuga, la posibilidad de que el imputado obstaculice la investigación o un peligro para las víctimas o los testigos. Cuando se actualiza uno de los supuestos constitucionales, el juez debe ordenar la medida conforme al marco legal aplicable.
En cambio, la prisión preventiva justificada requiere que la Fiscalía solicite la medida y argumente por qué otras alternativas cautelares son insuficientes para garantizar la comparecencia del imputado, proteger a las personas involucradas o evitar que se obstaculice el procedimiento.
¿Qué delitos la ameritan?
El artículo 19 constitucional contempla, entre otros, delitos como homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, delincuencia organizada, desaparición forzada, determinados delitos de corrupción y otros considerados graves contra la seguridad de la nación, en los términos establecidos por la Constitución y las leyes.
El catálogo fue ampliado mediante una reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2024.
¿Cómo se relaciona con el caso de César J.M.?
La imputación por traición a la patria se relaciona con un delito contemplado en la legislación penal federal que puede dar lugar a prisión preventiva oficiosa, conforme al marco jurídico aplicable. Por ello, el juez impuso la medida cautelar y ordenó que el exfiscal permaneciera en el penal del Altiplano mientras se define si existen elementos suficientes para iniciar formalmente un proceso penal en su contra.
La audiencia de vinculación a proceso, programada para el sábado 24 de octubre, será determinante para establecer si el juez considera que existen datos de prueba que permitan continuar el procedimiento. La vinculación a proceso no equivale a una declaración de culpabilidad, sino que permite que la investigación penal continúe bajo control judicial.
