
La Guardia Nacional ya tiene nuevas facultades en las carreteras del país, por lo que ahora sus elementos podrán detener vehículos, revisar documentación, aplicar multas e incluso ordenar el retiro de unidades que incumplan el reglamento.
Los cambios entraron en vigor tras la publicación de reformas al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con ello, los agentes ya no sólo realizarán tareas de vigilancia y seguridad pues ahora podrán intervenir directamente en temas de tránsito, convirtiéndose en la autoridad en vías federales.
Entre las nuevas facultades se incluye dirigir la circulación, imponer sanciones, verificar el estado físico y mecánico de los vehículos y realizar inspecciones.
Los elementos de la Guardia Nacional pueden ordenar que un conductor se detenga cuando detecten alguna infracción o incumplimiento al reglamento de tránsito de las carreteras.
Entre las situaciones más comunes que pueden derivar en una revisión o sanción están:
En esos casos, la Guardia Nacional podrá aplicar multas establecidas entre 10 y 50 veces el valor de la UMA, lo que equivale a 1,173 y hasta los 5,865 pesos dependiendo de la falta cometida.
Cabe mencionar que las órdenes emitidas por la Guardia Nacional tendrán prioridad en carreteras federales y deberán acatarse incluso si contradicen señalizaciones o indicaciones previas.
Asimismo, los agentes podrán aplicar pruebas toxicológicas y de alcoholemia a conductores en caso de ser necesario y ordenar la remisión de vehículos al depósito vehicular, así como de conductores ante el Ministerio Público.
La medida aplica para autopistas, carreteras, puentes y vías bajo jurisdicción federal.
En caso de que la Guardia Nacional emita una indicación a automovilistas y estos se nieguen a acatarla o pongan resistencia, podrán recibir una sanción de más de 5 mil pesos.
Además, la persona podrá ser detenida y remitida al Ministerio Público por actos de desobediencia y resistencia de particulares.
“La contravención a lo establecido en los dispositivos para el control del tránsito y a las órdenes para el control del tránsito de las personas integrantes de la Guardia Nacional en las vías federales será sancionada mediante multa de 40 a 50 veces la cuota diaria“, dice el artículo 60 del reglamento de carreteras.
Esta disposición busca proteger a los miembros de la Guardia Nacional en el ejercicio de sus funciones y garantizar el cumplimiento de operativos en carreteras del país.