
Con el respaldo de 22 congresos locales, la Cámara de Diputados declaró formalmente reformado el artículo 123 de la Constitución para reducir la jornada semanal de trabajo de 48 a 40 horas, un cambio que se aplicará de manera gradual entre 2026 y 2030.
La Mesa Directiva de San Lázaro remitió el decreto al Senado para que emita la declaratoria correspondiente y la turne al Ejecutivo Federal para su publicación y entrada en vigor.
Los congresos que dieron su voto aprobatorio fueron: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guanajuato, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México, completando así los 22 votos necesarios para cumplir el requisito constitucional.
El texto aprobado establece que la jornada laboral será de 40 horas semanales en los términos que fije la ley, y que por cada seis días de trabajo los empleados tendrán derecho a al menos un día de descanso con goce de salario íntegro. La reducción se aplicará escalonadamente: 48 horas en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 horas a partir de 2030.
La reforma también fija un tope de 12 horas extraordinarias con pago doble a la semana, con posibilidad de hasta cuatro horas adicionales con salario triple. En ningún caso, precisa el decreto, la reducción de la jornada podrá traducirse en una disminución de sueldos, salarios o prestaciones. Además, queda prohibido el trabajo en horas extras para menores de 18 años.
Un día antes de que la Cámara de Diputados declarara formalmente la validez constitucional de la reforma, el secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, ya había adelantado los alcances de la medida durante la conferencia matutina del lunes 2 de marzo.
Bolaños despejó una de las principales dudas ciudadanas: quienes trabajen ocho horas diarias tendrán garantizados dos días de descanso a la semana. “Si trabajas ocho horas al día, descansarás dos días”, explicó el funcionario, precisando que la jornada diaria máxima se mantiene en ocho horas y que el esquema simplemente redistribuye el tiempo de trabajo de forma más equitativa.